OBRAS PARA ATENCIÓN DE NUEVOS REQUERIMIENTOS DE ACCESO AL
SERVICIO ELÉCTRICO
Esta regulación proporciona una visión detallada de las responsabilidades tanto de la distribuidora de energía eléctrica como de los solicitantes en relación con las obras necesarias para atender nuevos requerimientos de acceso al servicio eléctrico. La distribuidora asume la responsabilidad de la expansión de la red eléctrica hasta el punto de entrega, así como de la instalación de los equipos necesarios para la protección, seccionamiento, medición y puesta a tierra en dicho punto. Por otro lado, los solicitantes son responsables de las obras civiles en el punto de entrega y las adecuaciones técnicas de las instalaciones internas hasta dicho punto. Se establece un proceso claro para la ejecución de estas obras, con la posibilidad de que la distribuidora asuma las obras a costo del solicitante si así lo solicita y se acuerda mediante un convenio detallado.
La financiación de las obras en casos excepcionales, como proyectos de sustitución de la matriz energética en sectores agrícolas y acuícolas, donde los beneficiarios del servicio pueden financiar y ejecutar las obras bajo ciertos criterios técnicos y comerciales establecidos. Además, se detallan los roles y responsabilidades tanto para nuevos suministros en bajo voltaje como en medio y alto voltaje, asegurando una distribución clara de responsabilidades entre las partes involucradas. En resumen, la regulación proporciona un marco claro y específico para la planificación, ejecución y financiación de obras relacionadas con el acceso al servicio eléctrico, garantizando así un suministro eléctrico seguro y eficiente para todos los consumidores.
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