ART. 32

ART. 32

de ANDRES MAURICIO CALLE CRESPO -
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Articulo . 32 Este artículo regula cómo se deben declarar los ingresos y deducciones por el alquiler de propiedades (casas, departamentos, locales, etc.) por personas naturales y sucesiones indivisas.


Ingresos por Arrendamiento.

  • Se deben declarar los ingresos efectivamente percibidos por el arriendo.

  • Si no hay contrato escrito, el SRI puede calcular el valor del arriendo tomando como base:

    • Precios referenciales del mercado,

    • Avalúos municipales,

    • O la Ley de Inquilinato.